• Sáb. Sep 7th, 2024

Chivas Y Crónicas

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POLÉMICA POR uso de VideoDron sobre casa cárcel del Inpec


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LEGAL, O ILEGAL? VÁLIDO? Son las preguntas que quedaron flotando, luego de que la Revista Cambio publicara fotografías y videos hechos desde un dron, que voló sobre la casa en la que CARLOS MATTOS está recluido en Barranquilla, por orden de un fallo de Tutela que protegió los derechos a la salud y pronta atención médica, del empresario acusado de delitos de corrupción.

La fotografía apareció acompañada de un titular afirmando que esa es “La mansión” en la que MATTOS permanece preso, en uno de los más lujosos sectores inmobiliarios de Barranquilla, y a donde fue trasladado luego de permanecer varios meses en la Cárcel El Bosque de la capital del Atlántico.

En efecto, un fallo de tutela ya en firme, le ordenó al INPEC que lo trasladara a esa residencia de su propiedad, en el entendido de que en la cárcel no puede recibir atención médica de urgencia y especializada, y luego de que el preso sufriera varios quebrantos de salud, uno de ellos cardiaco, por cuenta del estrés que, según sus abogados y los partes médicos aportados, sufría de forma permanente dentro de las celdas de la Cárcel El Bosque.

La última foto de Mattos en la Cárcel “El Bosque”

Legal, o ilegal?

Horas después de aparecer publicada la noticia, los abogados del empresario reaccionaron con una carta que le hicieron llegar a la Revista, en la que le pide rectificar las afirmaciones y le advierten que el uso del aparato electrónico  sobre la residencia, no fue autorizado por el INPEC y que, además, le viola varios derechos fundamentales a su cliente, en el entendido de que sigue sufriendo episodios de estrés y afecciones cardiacas.

Estos son apartes de los argumentos de los abogados de MATTOS:

La función de periodista tiene límites y con este artículo se advierte que fueron avasallados, ya que al ingresar un DRON no tripulado a los terrenos de su propiedad para elaborar un video, no solo atentó contra su seguridad, si no que lesionó sus derechos a la intimidad y salud, los cuales se han visto menoscabados por publicaciones como la que aquí se cuestiona. Si la intención del profesional en periodismo era enseñar el lugar donde se encuentra recluido el señor CARLOS JOSÉ MATTOS BARRERO, le correspondía mostrar a la opinión pública que fue a través de un amparo constitucional otorgado por el Tribunal Superior de Barranquilla que el doctor MATTOS BARRERO obtuvo detención hospitalaria en su casa de habitación, dadas las enfermedades de todo orden que padece…”

Mattos fue detenido, acusado de soborno a un juez

Los abogados también anunciaron que le pedirán al INPEC que certifique si este tipo de prácticas son autorizadas por las autoridades carcelarias y, en caso de que no lo sea, si la grabación y su uso constituyen una violación de las  normas de seguridad penitenciarias, en el entendido de que la residencia donde habita el detenido es, legalmente,  una extensión de la celda de la cárcel “El Bosque”.

Reportería?

El debate quedó abierto. Varios abogados consultados por este portal sostienen que, en efecto, el uso de un video-dron sobre una instalación carcelaria es ilegal y solo debe ser autorizado excepcionalmente por las autoridades carcelarias, además de que viola el derecho fundamental a la intimidad del reo y, eventualmente, le generaría una situación de riesgo a su integridad personal.

“Por sobre los Derechos a la Libertad de Prensa, priman los derechos colectivos y los derechos a la Intimidad de una persona, salvaguardados por la Constitución Nacional”, explicó uno de los juristas consultados, que prefiere mantener oculto su nombre hasta tanto el INPEC se manifieste.

Este portal también consultó la opinión de varios periodistas de diferentes medios, quienes, por el contrario,  defendieron la labor de sus colegas de la Revista, en el entendido de que el reportero siempre va detrás de la noticia y que, muchas veces, ante la negativa de las autoridades a entregar información, se ven obligados a buscar la noticia de formas osadas y, tal vez, arriesgadas, como las de este caso.

“Que sea el INPEC quien responda”, dijo uno de los reporteros consultados, quien además explicó que el uso de  cámaras ocultas o micrófonos, está protegido universalmente como una forma de ejercer el periodismo investigativo, en caso de que se trate de buscar una “verdad oculta” como, según este comunicador consultado, pudo haber ocurrido.

Y el Derecho a la intimidad?

De hecho, un  antecedente relativamente reciente ocurrió cuando la directora del noticiero “Noticias UNO”, CECILIA ORZOCO, se negó a hacer pública en su noticiero, la reseña del INPEC al condenado ex-presidente de la Corte Suprema, magistrado FRANCISCO RICAURTE, cuando fue capturado por el CTI, en desarrollo del proceso del llamado “Cartel de la Toga”. En aquella ocasión, la señora OROZCO manifestó en sus redes sociales, que el togado RICAURTE, como ciudadano y ser humano, tiene derecho a su intimidad e integridad, al igual que su entorno familiar.

La discusión quedó abierta y podría tener un próximo capítulo, cuando el INPEC responda las inquietudes  manifestadas por los abogados de MATTOS.