• Sáb. Sep 7th, 2024

Chivas Y Crónicas

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ATENCIÓN: Procuradora se queda sin dientes. Corte le quita facultades para destituir y sancionar funcionarios


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ATENCIÓN. La Corte Constitucional precisó que las sanciones de DESTITUCIÓN, SUSPENSIÓN E INHABILIDAD a funcionarios públicos de elección popular, que ha tenido la Procuraduría General, son inconstitucionales y violan el Debido Proceso de esos funcionarios, en el entendido de que ese tipo de decisiones solo le competen a los jueces administrativos.

Según el pronunciamiento de la alta corte, conocido en la tarde de este jueves, las funciones de las que gozaba la Procuraduría, consagradas en la Ley 2094 del 2021, son contrarias a la Constitución Nacional, porque se trata de ciudadanos que han sido elegidos por elección popular, es decir el Pueblo, considerado universalmente como el Constituyente Primario. Por ejemplo, alcaldes, gobernadores, congresistas, diputados y concejales.

A juicio de la Corte Constitucional, las funciones disciplinarias que ejerce la Procuraduría General, exclusivamente son de naturaleza administrativa y no jurisdiccional.

Comunicado de la Corte

Un caso que puede servir como referencia, es el del actual presidente de la República GUSTAVO PETRO, quien siendo alcalde mayor de Bogotá, fue destituido por el entonces procurador general ALEJANDRO ORDÓÑEZ, dentro de una investigación disciplinaria abierta en su contra, por el negocio de los carros de la basura comprados para el Distrito. Esta polémica decisión disciplinaria, sin embargo, no pudo ejecutarse, gracias a una tutela fallada por los altos tribunales en favor del alcalde. Aunque el fallo no pudo ser ejecutado, por cuenta de una tutela.

Situación similar vivió la senadora PIEDAD CÓRDOBA, a quien el mismo ORDÓÑEZ sancionó con destitución. Su casi llegó a la Corte Constitucional, que al final tumbó la decisión de quien fuera el jefe del Ministerio Público, bajo el argumento de que se extralimitó en sus funciones y facultades.

Lo que podría venirse ahora, es una avalancha de solicitudes de nulidad de los muchos casos disciplinarios que han terminado en sanciones, suspensiones o destituciones por parte de la Procuraduría, en años anteriores. Habrá que ver si se aplica el principio de favorabilidad y se le reconocen efectos retroactivos a este fallo de la Corte Constitucional.

Esta decisión de la Corte Constitucional es un golpe bajo para la actual procuradora MARGARITA CABELLO, quien justamente está en el ojo del huracán, por cuenta de una sorpresiva decisión que ordena la suspensión por tres meses, del actual jefe de la SAE, DANIEL ROJAS, quien venía destapando casos de corrupción que encontró a la llegada al cargo, especialmente relacionados con bienes de la mafia y, en concreto, por atravesarse a la venta de la TRIPLE A, la empresa de servicios de Barranquilla, en la que el Clan de los Char tiene evidentes intereses. No hay que olvidar que la señora CABELLO llegó a la Procuraduría con el apoyo férreo y decidido de ese clan político, que maneja varios congresistas que votaron en favor de la elección de la hoy cuestionada funcionaria.